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El STJ levantó la feria judicial en Santa Rosa y General Pico

El Superior Tribunal de Justicia informó que, en concordancia con el pedido realizado por el Consejo Directivo del CAPLP, se dispuso desde el lunes 26 de octubre la normalización de la actividad judicial en Santa Rosa y General Pico, aunque con ciertas limitaciones, dado que las dos ciudades continúan en fase 2 debido al incremento de contagios por coronavirus.

El Consejo Directivo del CAPLP había pedido rever la feria judicial extraordinaria y evaluar la posibilidad de continuar en los tribunales el trabajo con normalidad pero sin atención al público en forma presencial, solo mediante vías telefónicas o digitales.

Mediante el acuerdo 3744 del jueves 22 de octubre, se suspendió la medida y se señaló que “evaluadas las condiciones sanitarias y de circulación actuales y, en especial, la necesidad de garantizar la continuidad de la prestación del servicio de justicia, se considera conveniente disponer el cese de la feria judicial extraordinaria”.

No obstante, el texto establece algunas particulares debido a la situación sanitaria y epidemiológica de ambas localidades. Específicamente indica que “la reanudación del servicio se efectuará bajo ciertas pautas, medidas y recomendaciones, a fin de disminuir la circulación y proteger la salud de los integrantes del Poder Judicial y los operadores externos”.

Así, autoriza a que solamente los magistrados y funcionarios ingresen a los edificios judiciales; lo cual exime a los empleados de tener que concurrir a sus lugares de trabajo y, por lo tanto, en los casos que sean necesarios, tendrán que cumplir tareas desde sus hogares.

Tampoco podrán asistir a los edificios judiciales los abogados particulares y cualquiera otra persona que sea parte en un expediente; ya que –al levantarse la suspensión de los plazos procesales– todos los expedientes se tramitarán a través del Sistema Informático de Gestión de Expedientes (SIGE) o del Sistema de Gestión de Legajos Penales (Sigelp).

“Ello va en consonancia con el pedido del Colegio de Abogados de que las causas puedan diligenciarse ‘mediante vías telefónicas o digitales’, pero ‘sin atención al público en forma presencial’; es decir, de la misma manera en que esa entidad viene trabajando con sus asociados”, indicó en un comunicado el STJ.