Comunicamos a los colegiados que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó que por la atención virtual implementada en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio, se han habilitado correos electrónicos para la recepción de oficios judiciales librados al organismos, conforme el objeto del expediente.
[email protected]: oficios judiciales cualquiera sea su objeto donde se haya dictado la habilitación de la feria extraordinaria Covid-19.
[email protected]: oficios judiciales que impongan embargos por alimentos, litisexpensas, cobro de pesos y/o cobros ejecutivos sobre haberes jubilatorios.
[email protected]: oficios judiciales relacionados con órdenes de depósito judicial de beneficios jubilatorios y/o asignaciones familiares.
[email protected]: oficios ordenados en procesos sucesorios relacionados con el depósito e informe de haberes jubilatorios devengados no percibidos y/o créditos derivados de sentencia judicial de reajuste de haberes que integran el acervo hereditario.
Una vez recibido, será contestado y remitida la respuesta.