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El CAPLP sobre la sobrepoblación de detenidos en La Pampa y el abuso de la prisión preventiva

El Colegio de Abogados y Procuradores de La Pampa, frente al particular conflicto que se suscita respecto de la sobrepoblación de detenidos en las Comisarías y distintas Alcaidías de la Provincia de La Pampa, advierte que es un conflicto derivado del exceso y abuso de la prisión preventiva que se decreta en los procesos penales en curso.

La prisión preventiva es una grave restricción a la libertad personal, pues implica una detención sin condena que sólo podrá ser admisible si se fundamenta debidamente en que el imputado intentará eludir la acción de la Justicia o entorpecerá la investigación.

Sostenemos que, como principio rector, debe mantenerse la libertad del imputado durante el desarrollo del proceso penal. La privación de la libertad no es un fin en sí mismo, sino un medio instrumental y cautelar, que jamás puede ser usado como un anticipo de pena, ni mucho menos como la respuesta de la Justicia penal ante diversos reclamos sociales.

Como es de público conocimiento, se han formulado distintos reclamos sobre el exceso de la prisión preventiva al sistema judicial por parte de defensores penales, tanto privados como públicos, al punto de haberse tenido que echar mano al remedio excepcional del habeas corpus ante el Superior Tribunal de Justicia, para garantizar la aplicación del claro texto del art. 251 del Código Procesal Penal. Llamamos la atención sobre que, la procedencia del habeas corpus, implica considerar que la detención de la persona es una restricción arbitraria a su libertad personal.

Como colaboradores de la Justicia acompañamos toda medida judicial que se adopte en pos de garantizar los derechos humanos, fundamentalmente en situaciones como las del caso, en las que se trata de personas privadas de la libertad.