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Se creó la Unidad de Abordaje en el Poder Judicial en General Pico

El Superior Tribunal de Justicia informó al CAPLP que se creó en General Pico la Unidad de Abordaje dependiente de la Secretaría de Recursos Humanos, con sede en la ciudad de General Pico, a través del Acuerdo N° 3652.

En el documento se indicó que el STJ «se encuentra abocado a la mejora continua de las condiciones laborales de los integrantes del Poder Judicial».

«Que, en ocasiones, las citadas condiciones se ven afectadas por el acaecimiento de conflictos internos que se suscitan en diversos organismos, lo cual resiente la calidad de vida personal y laboral de los integrantes del Poder Judicial y repercute en la calidad de la prestación del servicio de justicia».

«Que dichos conflictos suelen originarse, entre otros motivos, por fallas de comunicación, problemas personales no resueltos, escasez de recursos, inflexibilidad en esquemas de organización, o por dinámicas inadecuadas de trabajo».

«Que muchas de estas situaciones podrían evitarse o remediarse con la implementación de sistemas de detección temprana y abordaje mediante métodos que propicien el diálogo y la búsqueda de soluciones».

«Que para ello resulta necesario crear canales de comunicación institucionales por medio de los cuales los diversos operadores anoticien las situaciones conflictivas que los aquejan y que podrían ser tratadas por equipos técnicos especializados en la resolución de conflictos…”.

Son sus funciones:

a) Asistir y asesorar a los diversos organismos judiciales y administrativos en materia de prevención de conflictos internos;

b) Abordar situaciones de conflictos estableciendo espacios de diálogo que faciliten su resolución o mitigación;

c) Implementar acciones que tiendan a instaurar un clima de trabajo favorable;

d) Realizar programas de coaching organizacional a fin de afrontar circunstancias problemáticas, de cambio o transformación, que requieran acompañamiento personalizado.”

Se indicó en el comunicado del STJ que para dar cumplimiento a lo establecido precedentemente, la Unidad de Abordaje requerirá formalmente y por escrito la solicitud para intervenir. La misma deberá contener los motivos que la originan y podrá ser efectuada por cualquier magistrado, funcionario y/o empleado, individual o colectivamente, a Recursos Humanos.

Ante una solicitud de traslado, la Unidad de Abordaje intervendrá a fin de realizar un análisis detallado sobre la justificación y viabilidad del pedido.  El requerimiento de traslado deberá contener los motivos que lo generan, explicados en forma minuciosa, ya que será tratado pormenorizadamente durante una entrevista personal.

La gestión final quedará supeditada a los resultados que surjan de la entrevista, el relevamiento y el análisis posterior por parte de la Unidad de Abordaje, con la debida justificación y la posterior aprobación del Superior Tribunal de Justicia.​

Asimismo, la Unidad podrá intervenir de oficio con la finalidad de realizar un diagnóstico y/o realizar propuestas de mejora continua.

Datos de contacto de la Unidad de Abordaje: Edificio Judicial (Calle 22 Nro. 405, 2do. Piso) de General Pico. Tel: (02302) 325868. Mail: [email protected]